lunes, 19 de diciembre de 2016

La maternidad subrogada y los derechos de las mujeres

En estos días ha tenido  lugar un polémico debate sobre maternidad subrogada organizado por la Universidad de Valencia con Beatriz Gimeno y Alicia Miyares como ponentes, en contra de su regulación, postura defendida por la mayoría de feministas y académicas. A favor, un importante sector del público integrado por hombres que habían tenido sus hijas mediante maternidad subrogada “como técnica de reproducción asistida que permite satisfacer los deseos de paternidad/maternidad”, según expresaban.
Conste que siempre he defendido el derecho a la maternidad y a la paternidad de las personas, con o sin pareja, e independientemente de que estuviesen o no unidos por matrimonio -un derecho que comporta unas obligaciones respecto a los hijos e hijas sean biológicos o por adopción-[1]. Obviamente en el caso de un hombre o una pareja de hombres la única opción sería la paternidad por adopción. De ahí que ellos invoquen la necesidad del reconocimiento de la maternidad subrogada o dicho con mayor propiedad, el alquiler de un útero mediante contrato -con o sin precio estipulado- si lo que “desean” es tener un hijo o hija con sus mismos genes.

Pero una cosa son los deseos y otra los derechos. Los deseos no pueden automáticamente convertirse en derechos, ¿o sí? quizás desde una perspectiva neoliberal todo es posible mediante una contraprestación económica. Y aquí de lo que se está hablando no es de deseos sino de derechos, de los derechos de las mujeres, en definitiva del cuerpo de la mujer y de la renuncia de sus derechos.
Por eso es importante comprender el concepto: la maternidad subrogada no es una técnica de reproducción asistida -como suele entenderse-, es un proceso biológico de gestación de un ser humano a través del cuerpo de una mujer para otra persona, al cual se accede por técnicas de reproducción asistida[2]. Durante ese proceso que es el embarazo se le niega a la mujer embarazada el derecho a decidir sobre el mismo y también posteriormente sobre las decisiones relativas a la crianza y al cuidado del bebé, lo cual es también una cuestión de libertad.

Hace algún tiempo, en este mismo blog, María Luisa Balaguer reflexionaba sobre la dignidad y la libertad, y el concepto de orden público en el ámbito de la maternidad subrogada. En relación a estos conceptos me gustaría explicar por qué no me parece aceptable la maternidad subrogada.

En primer lugar, porque atenta contra la dignidad de las personas, entendiendo por dignidad – siguiendo la formulación kantiana- la prohibición de instrumentalizar un ser humano, por tanto la prohibición de utilizar una persona para tus propios fines. Es cierto que la noción kantiana de la dignidad se refiere a la prohibición de utilizar a la persona sólo como un medio, pero no me es posible comprender en este caso como qué otra cosa se puede considerar a la mujer cuyo cuerpo se alquila[3], excepto como un medio para satisfacer un deseo -tener descendencia con las mismas características genéticas-.

Ello tiene mucho que ver con el concepto de orden público, ya que éste se basa en los principios o valores básicos del ordenamiento; por lo tanto cuando las sentencias pronunciadas por los distintos tribunales -especialmente por el Tribunal Supremo[4] en los casos recientes acontecidos con motivo del problema de la inscripción en el registro de niños nacidos por maternidad subrogada en otros países- declaraban que la maternidad subrogada estaba prohibida en nuestro ordenamiento y era contraria al orden público, estaban subrayando que es contraria a la dignidad, porque ésta fundamenta el orden público.
La ley 14/2006 de técnicas de reproducción asistida dice en su artículo 10 que “serán nulos los contratos por los que se convenga la gestación, con o sin precio, a cargo de una mujer que renuncia a la filiación materna en favor del contratante o de un tercero”. Y en su apartado segundo añade que “la filiación queda determinada por el parto”, así el legislador establece que el bebé es hijo o hija de la mujer que lo ha parido. Es importante detenerse en la regulación de la filiación, ya que ésta se determina por el parto y eso no es sólo una cuestión jurídica sino también política, no creo que pueda sostenerse -y creo que también es un asunto de orden público- que de un contrato privado se derive la privación de derechos de filiación y custodia de la mujer embarazada. Hay derechos a los que no se puede renunciar por contrato, y sobre todo con lo que nos ha costado a las mujeres conseguirlos.

Recuerdo hace algunos años cuando la Ministra francesa Rachida Dati[5] renunció a su baja maternal al cabo de cinco días de dar a luz, hubo polémica en torno a dos posturas: una relativa al mantenimiento de los derechos inherentes a la maternidad, frente a la postura que justificaba su decisión porque –como la maternidad está penalizada en el ámbito profesional- la mujer tiene que demostrar que nada es un límite para su carrera pública (académica, profesional o política). Obviamente me encuentro entre aquéllas que pensaban que no era un buen ejemplo renunciar a un derecho que es una conquista pero que además es irrenunciable. Lo mismo ocurre con el tema que nos ocupa. Una mujer podría decidir, o verse forzada a renunciar a una filiación -caso de una mujer que diese en adopción al bebé-, pero no debería ser objeto de un contrato privado, no creo que debiera mercantilizarse la situación de una renuncia de filiación. Un contrato privado no debe privar ni de la filiación ni de la custodia a la mujer embarazada ni siquiera sobre la base del argumento de la libertad, de la libre autonomía individual.

Llegamos aquí al segundo de los motivos por lo que me parece inaceptable la subrogación de la maternidad, porque afecta a la libertad de las mujeres, aunque quienes la justifican pretendan ampararse precisamente en ella, en la libre elección de la mujer. El problema es que la libre elección de la mujer es más bien “el mito de la libre elección”. Es el “espejismo de la libre elección”, como diría Alicia Miyares[6], “un troyano inserto en el feminismo y en la izquierda”. El lema recurrente de “mi cuerpo es mío y por tanto hago con él lo que quiero”, es decir "me prostituyo o lo alquilo" pretende vindicar la autonomía de las mujeres respecto a los mandatos patriarcales pero también del mercado. No equivale a considerar el cuerpo como mi propiedad privada de la cual soy titular y de eso modo puedo comercializar cada parte de mi cuerpo[7].  No es posible elegir libremente en condiciones de desigualdad, de carencias económicas o de exclusión social; éste es otro de los motivos por los que me manifiesto en contra.

Además, por más que se regulase, ninguna legislación podría resolver el problema del “arrepentimiento” de las mujeres, ¿cómo debería regularse una revocación del consentimiento de la mujer?, ¿estableciendo un plazo?, o ni siquiera eso, por ejemplo la propuesta de la SEF[8] para su regulación consiste en que “en ningún caso podría la gestante negarse a entregar al recién nacido a la pareja subrogada”. Pero no estamos hablando de un objeto, estamos hablando de un futuro bebé con quien -a pesar de que las “terapias psicológicas” (por llamarlas de alguna manera) que asisten a las gestantes son brutales- la mujer embarazada contrae un vínculo físico y emocional, especialmente ya en una fase de gestación avanzada ¿En serio podemos creer que no ha de surgir vínculo alguno entre la mujer embarazada y el bebé que está gestando? Cuesta pensarlo por más que ella firme ese contrato “consciente” de que al fin del embarazo “cederá” su hijo a otra persona o personas. Parece ser que en Estados Unidos y en la India las mujeres reciben instrucciones para aprender a disociarse del bebé. Les enseñan a no decir nunca “te amo” sino “tus padres te aman”, a no ponerle nombre y a no pensar que el hijo es suyo. Para no sufrir hay que disociarse y pensar en el útero como una fábrica[9], es necesario deshumanizar el proceso para que sea más llevadero para la mujer que alquila su cuerpo. A ello habría que añadir los riesgos físicos que conllevan para la salud el embarazo y el parto. Los riesgos de salud física y psicológica para la mujer que se ve en la necesidad de exponerse a un embarazo y a un parto serían pues motivos importantes para oponerse a su regulación.

Por otro lado, hay recientes estudios e investigaciones que muestran que a través del embarazo se trasmite carga genética. Se ha identificado una molécula específica del líquido endometrial que es capaz de reprogramar genéticamente al embrión, entonces aunque no sea una madre “genética”, pero sí biológica en el sentido de que gesta en su cuerpo el feto, puede entenderse que se podría trasmitir carga genética al mismo. Por eso hay madres que no comparten ADN con su hijo/a (por ejemplo al gestar un embrión por donación) y sin embargo tienen rasgos físicos similares[10]. Por esto creo que además de lo antedicho debemos considerar aspectos científicos, médicos y por supuesto psicológicos.
Se dice también que es un acto altruista y generoso, que puede ser incluso positivo para la madre que gesta. A mí personalmente me parece aceptable siempre que fuera por amor; es decir sin precio estipulado, sin contrato y dentro de los lazos familiares y de amistad muy íntima que lleva a una mujer a gestar un bebé para otra mujer porque ésta no puede hacerlo por impedimentos fisiológicos o de salud. Ahora bien estas situaciones concretas que podrían regularse abrirían las puertas a todo un complejo entramado. Incluso el altruismo y la generosidad de unas pocas no evitaría la mercantilización, el tráfico y las granjas de mujeres comprándose embarazos a la carta[11]. Suficientes motivos para considerar que tal vez sería mejor no entrar a regular estas prácticas y concentrarnos en reivindicar que se faciliten y se promuevan los difíciles procesos de adopción que tan costosos resultan para las personas que quieren ser padres y madres, es decir, asumir el compromiso de cuidar y educar.


Ana Marrades Puig
 Profesora Contratada Doctora de Derecho Constitucional en la Universitat de València




[1]Luces y sobras del derecho a la maternidad, Análisis jurídico de su reconocimiento (2002), Servei de Publicacions de la Universitat de València.
[2] Bien por inseminación artificial con semen del padre biológico (aunque esto no es lo normal para evitar que el bebé que nazca tenga genes de la madre que alquila el útero y tenga más "derecho" a reivindicar su maternidad), o por fecundación in vitro con donación de ovocitos y semen del padre, incluso con ovocitos de la madre que “encarga” la gestación (en casos de parejas heterosexuales), o mediante una donación de embrión (si la legislación lo permite en el país donde se haga), aunque este supuesto sería bastante raro porque se persigue trasmitir genes propios.
[3]Digo cuerpo y no sólo útero, porque además estamos alquilando sangre, nutrientes, en fin todos los cambios que se producen en el cuerpo durante un embarazo y que están dirigidos a la gestación de un bebé.
[4] Sentencia TS de 6/2/2014.
[5] Después siguió el ejemplo Soraya Sáenz de Santamaría que parece ser tardó 10 días como constata la hemeroteca… por lo que se reabrió la polémica, ya que Carmen Chacón sí que disfrutó de las semanas de descanso obligatorias para la madre.
[6] La frase es de su ponencia pronunciada el 12 de diciembre de 2016 en la La Nau, Universitat de València.
[7] Ana de Miguel y Laura Nuño, “Vientres de alquiler: pensar antes de actuar”, El Diario.es, 1/6/2016.
[8] Sociedad Española de Fertlidad
[9] En el artículo de Raquel Pereira Malagón, “Mujer pobre, sana, se alquila”, El País 7 de mayo de 2016, a partir de declaraciones de Kajsa Ekis Ekman.
[10] Vilelle, Moreno-Moya, Balaguer, Grasso, Herrero, Martínez, Marcilla y Simón (2015) “Hsa-miR-30d, secreted by the human endometrium, is taken up by the implantation embryo and might modify its transcriptome” The Company of Biologists Ltd, Development, 142, pp.3210-3221.
[11] Manifiesto “No somos vasijas”.

viernes, 25 de noviembre de 2016

Día mundial contra la violencia de género

Para la mayor parte de las personas, la violencia de género se presenta como una negación de la vida, como algo opuesto a ella que la frena en muchos sentidos y sirve solo de pretexto para sembrar inquietud sufrimiento y terror.

Cuando el violento cede a sus bajas pasiones, a su complejo de inferioridad y a su categoría de cobarde escondido, aparece para coartar la libertad de quienes son víctimas de esta infamia. Obviamente no puede convivir armónicamente con sus semejantes, así que opta por la discordia y en no querer darse cuenta del valor y significado del respeto al derecho ajeno (Juárez, B. 1867).

Los casos de violencia de género se diversifican y multiplican en todos los países con abusos, torturas y prohibiciones, a pesar de las nuevas formas de organización sociopolítica y económica; coincidiendo con adelantos científicos y tecnológicos, nos encontramos en una profunda crisis de valores morales y éticos en un escenario de claudicación de las atribuciones gubernamentales en materia educativa.

El alcance, extensión y profundidad de la violencia de género nos obliga a todos a prevenirla y erradicarla mediante un método unificado como el que viene realizando la UNED a través del Centro de Estudios de Género y desde la Oficina de Igualdad todos los días, poniendo orden en ese desorden, buscando el origen, combatiendo sus causas y remediando hasta donde es posible, sus consecuencias. Por ello, en los tiempos que corren está más que justificado tener en el calendario el “día mundial contra la violencia de género”, convirtiendo nuestros esfuerzos en una tarea cotidiana, ininterrumpida para conseguir implicar a los centros educativos, padres de familia, niños, jóvenes y adultos, medios masivos de comunicación, empresas de espectáculos, etc., para que nadie sea ajeno al problema, educando en el ejemplo, la tolerancia y el sentido común y sobre todo y por encima de todo con la convicción de que la mujer, por ser la esencia de la vida, tiene que ser protegida, respetada y dignamente tratada en sus quehaceres diarios.

Genoveva Leví Orta
Didáctica, Organización Escolar y DD.EE.
Facultad de Educación
UNED

lunes, 7 de noviembre de 2016

El Rol de la mujer jurista en la defensa de los Derechos Humanos

(Este texto fue presentado como ponencia a la “IV edición de la Cumbre de Mujeres Juristas” organizada por el Colegio de Abogados de Madrid, el 21 de octubre de 2016).



Cuando hablamos sobre derechos humanos, en muchas ocasiones, es difícil encontrar discursos intercambiables y realmente universales. Las situaciones, los contextos, los escenarios son tan distintos en cada región del mundo que lo que para unos es fundamental (derecho al agua, por ejemplo) para otros no es tema. Lo que llamamos “niveles de desarrollo”, utilizando un eufemismo que no debería impedirnos saber que en realidad hablamos de “niveles de pobreza” (en términos económicos, culturales, educativos, políticos…) determina la importancia que se da a los derechos, su situación en el discurso político y mediático, el nivel de expectativas de la ciudadanía en relación con los mismos.
Pero existe un matiz diferencial cuando hablamos de “derechos humanos de las mujeres”. También aquí los contextos son distintos, lo son los escenarios, las situaciones, los niveles de desarrollo humano. Pero en cambio aquí si es posible encontrar discursos en que todas nos encontramos. Discursos construidos en torno a la vulneración de nuestros derechos básicos. Una vulneración que se extiende como un continuo subyacente por todas partes, en todos los contextos, en todos los escenarios, en todas las situaciones, en todos los lugares cualquiera que sea el índice de desarrollo humano. Cambiará la intensidad de la vulneración, cambiarán las cifras de quienes son víctimas de la vulneración….pero la agresión es la misma. La identificamos, la podemos percibir como propia.
-      Es la vulneración del derecho a la vida, a la integridad física y moral. El feminicidio es un atentado contra este derecho, como lo son las agresiones físicas a las mujeres que se producen y justifican por el mero hecho de que se dirigen contra quien, “por naturaleza”, es un ser subordinado a quien infringe la agresión. Ningún Estado del mundo, ni uno solo, ha logrado erradicar esta lacra, ha logrado garantizar a las mujeres que no serán asesinadas, ni agredidas, por el hecho de ser mujer. Cambian las formas, cambian las cifras, cambian los niveles de seguridad ciudadana, cambia la capacidad de respuesta de los poderes públicos.. Pero la lesión del derecho está presente allá donde se mire. Encima y debajo de las alfombras de nuestros más o menos impolutos estados de Derecho.
-      Es la vulneración del derecho de autodeterminación sobre nuestros cuerpos, de nuestros derechos sexuales y reproductivos. El aborto no es un derecho fundamental (constitucional), ni irreversible, en ningún lugar del mundo. O arriesgamos la vida, o arriesgamos la salud, o arriesgamos la libertad, o nos sometemos a la reprobación legal o moral cuando tomamos decisiones sobre la maternidad entendida como un elemento inseparable (casi siempre) de nuestra condición de mujer. Sigue existiendo una concepción tuitiva que nos considera incapaces de tomar una decisión sobre la voluntad de ser madres de forma autónoma y responsable. Sin tutela, sin vigilancia. Sin reproches.
-      Es la vulneración del derecho a la indemnidad sexual. A decidir con quién, cuándo y cómo mantenemos relaciones sexuales.  No somos sujeto de nuestra propia sexualidad, sino objeto del deseo masculino que se satisface más allá de nuestras consideraciones al respecto. Por la fuerza o anulando nuestra voluntad. Somos víctimas de acoso sexual, de violaciones, de agresiones sexuales, de la trata con fines de explotación sexual. Y en condiciones más extremas, somos privadas del derecho a disfrutar del placer sexual, atentando contra nuestra integridad física mediante la mutilación genital.
-      Es la vulneración del derecho a participar en los asuntos públicos en condiciones de igualdad. Siendo la mitad de la población mundial, no hemos logrado la paridad en el ejercicio del poder público: ni en el legislativo (salvo excepciones que confirman la regla), ni en el ejecutivo, ni en el judicial. Y no es una cuestión de darle tiempo al tiempo. ¿Por qué hay que esperar? ¿A qué hay que esperar? Es una cuestión de que quien ostenta esos poderes y los ejerce de forma mayoritaria no va a ceder el espacio tan fácilmente. La paridad debería ser, al siglo XXI, lo que fue al siglo XVIII la regla de un hombre, un voto: la base del funcionamiento democrático de las sociedades justas. Y no lo es. No estamos, seguimos sin estar como sería justo, en el espacio público.
-      Es la vulneración del derecho al empleo remunerado en iguales condiciones que los varones. Todas y cada una de las mujeres del mundo ejercemos trabajos. Pero no todas desempeñamos trabajos remunerados, es decir empleos, y cuando lo hacemos no cobramos lo mismo, no ocupamos los mismos puestos, no trabajamos las mismas horas, no tenemos las mismas posibilidades de progresar. Los varones juegan con las cartas marcadas y es muy difícil ganar la partida en esas condiciones, unas condiciones que hacen de nosotras, mayoritariamente, las agentes de los “cuidados, una dimensión del trabajo humano que no aparece en las estadísticas, ni en el PIB, ni genera derecho a la seguridad social, ni a las pensiones, ni a estar protegidas en caso de “desempleo”, porque es un trabajo pero no un “empleo”.
Estos, pero no solo estos, son los espacios comunes.  Los lugares en que nos encontramos. Las luchas que nos identifican a todas. A partir de ahí los contextos  si van a determinar la forma en que se combaten las vulneraciones de los derechos apuntados.
En sociedades en que se han alcanzado objetivos básicos de corte legal, institucional u organizativo, es decir allí donde el movimiento de mujeres (el feminismo en suma) ha promovido la creación de estructuras administrativas destinadas a garantizar la igualdad formal y la igualdad material entre hombres y mujeres y ha logrado llevar a las leyes el reconocimiento normativo de la igualdad de trato y la prohibición de discriminación,  la atención se centra en el desarrollo de políticas (fiscales, laborales, educativas y sociales) en que está presente la transversalidad de género. En sociedades sin los objetivos básicos logrados, las acciones o políticas de igualdad, allí donde existan, abordarán prioritariamente la consecución de dichos objetivos, es decir, el reconocimiento de la paridad legal y la prohibición de discriminación, y el desarrollo de estructuras administrativas que vigilen el cumplimiento de las políticas de igualdad y promuevan el desarrollo de acciones concretas.
Y con este escenario (o estos escenarios) ¿Cuál es el papel que debemos desempeñar las mujeres juristas, cual es nuestro campo de acción suponiendo que podamos definir tal cosa y suponiendo que podamos asociar a ese rol algunas características universalmente válidas?
A mi juicio los ámbitos de actuación deben proyectarse en dos dimensiones: la de los espacios profesionales –en sentido propio- y la de los espacios públicos en que nos proyectamos como profesionales.
En el primer sentido estaríamos hablando de sostener posiciones de defensa de la igualdad de trato y de la paridad en el reparto del poder y la representación, en el seno de nuestros colectivos profesionales. O dicho de otro modo, de conformar una “conciencia feminista corporativa”. Se trata de tomar conciencia de las desigualdades que existen en el seno del propio colectivo (abogacía, judicatura, fiscalía, técnicos de la administración, abogacía del Estado, etc), de llevar esas desigualdades a la discusión pública, evidenciándolas como primer paso para su erradicación, y de combatirlas. En este ámbito,  se trata, sobre todo, de defender nuestros derechos a la indemnidad sexual (combatiendo comportamientos de acoso sexual en el marco laboral) y al ejercicio del cargo público o de la profesión liberal, en términos de igualdad real. Y ello supone, a mi juicio, trabajar en dos ejes fundamentales: la demanda, propuesta y promoción de acciones de conciliación familiar equilibrada y la exigencia de ocupar esferas de poder y representación en la estructura profesional. La conciliación y el reparto del tiempo familiar nos colocan en una desventaja profesional evidente, y superar esa desventaja pasa por trabajar en la idea de que los cuidados no son patrimonio natural de género femenino, desarrollando mecanismos de conciliación que vayan en esa línea. Y en parte esa desventaja es la que justifica también (de forma a veces implícita y a veces explícita) nuestra falta de presencia en los puestos de poder de nuestras estructuras profesionales. Pero solo en parte, porque no es solo una cuestión de tiempo ocupar los escenarios de toma de decisiones, también es una cuestión de voluntad (de llegar) y de conciencia de quienes deben dejar espacio libre para que podamos llegar.
En el segundo sentido, nuestro campo de acción se abre casi hasta el infinito. Desde el punto de vista jurídico, tras las reformas legales acometidas en la VIII legislatura, nuestro ordenamiento en materia de igualdad es un referente a nivel de Derecho Comparado. No necesitamos buscar ideas en las leyes de otros países, aunque quizá si en algunas políticas foráneas. Pero, sin embargo, seguimos sin alcanzar el horizonte de la igualdad real que buscaban esas normas. Así que hay que identificar los obstáculos que se oponen a su eficacia para combatirlos y, después, analizar cómo nuestra actividad como juristas puede ayudar a ello. Y, a mi juicio, los obstáculos tienen que ver con la violencia estructural, con la desigualdad derivada de la dedicación a los cuidados, con la falta de paridad en la representación, y con la falta de un discurso político feminista suficientemente potente y suficientemente bien estructurado desde el punto de vista jurídico.
- La violencia (sus consecuencias más bien) se combaten con el código penal, pero no sólo. La Ley integral habla de educar, apoyar socialmente, acompañar…y nada de eso ha sido suficientemente desarrollado. Y puesto que tenemos el soporte legal, debemos buscar estrategias jurídicas que redunden en la efectividad de la norma. No ataquemos al sistema de protección de la ley integral por sus flancos débiles, que los tiene, más bien tratemos de reforzarlos. No reproduzcamos el argumento falaz de las denuncias falsas. No admitamos que la justicia “de mujeres” sea una justicia de segunda. Promovamos la accesibilidad de las mujeres y niñas víctimas de las muchas violencias machistas a la justicia, y trabajemos porque esa justicia no las victimice de nuevo. Formémonos para detectar e identificar víctimas de trata, de violencia de género intrafamiliar, de abusos sexuales…no dejemos que las mujeres víctimas de violencia(s) sean invisibles.
- Los cuidados no son cosa de mujeres, son responsabilidad de todo el que tiene un vínculo con otra persona que de él depende. Y esa idea debe estar presente cuando se trate de asesorar a una mujer en la defensa de sus intereses individuales en asuntos de familia, o cuando deba tomarse una decisión en materia de custodia de hijos, por aludir solo a un par de ejemplos.
-    La presencia de juristas en el espacio público y mediático es fundamental, y de ahí su proyección al espacio político (de la política reglada) es imprescindible. Nuestros conocimientos son básicos para mejorar nuestra estructura normativa, pero también para diseñar y evaluar políticas públicas tendentes a garantizar la representación de las mujeres y la defensa de nuestros intereses, que por lo demás son intereses comunes a los integrantes de una sociedad que se quiere mas justa. Nuestra visión técnica y feminista es necesaria.

-    y eso me conduce directamente a la última idea, pero para mí la principal, la que nos habla de la “reivindicación del feminismo”. Creer en la igualdad entre hombres y mujeres debería hacer que  las mujeres y  los hombres se sintieran feministas, pero no es así. Fracasa la autoconciencia, el “autoetiquetaje”, y gana el discurso negativo. El derecho no es neutro. No puede serlo y no debe serlo. Y no es menos derecho por asumir en su seno un discurso teórico (y jurídico) de corte feminista. Reivindicar eso, me parece, es fundamental para construir sin complejos una aproximación al derecho más justa, más realista, y más humana.

Itziar  Gómez Fenández
Profesora Titular de Derecho Constitucional de la Universidad Carlos III de Madrid
Letrada del Tribunal Constitucional 

lunes, 17 de octubre de 2016

Día Internacional de las Mujeres Rurales





   

Contra todo lo que se pudiera creer, la idiosincrasia española reside en el despoblamiento de la mayor parte de su geografía.
Y en este despoblamiento español las mujeres rurales parecen jugar un papel –oh!- destacable: son la esperanza, el futuro, la forma de evitar la caída definitiva. Por ello, las instituciones públicas y organizaciones de diverso tipo no les quitan ojo. Con motivo del Día Internacional de las Mujeres Rurales quiero hacer una reflexión sobre ello. 

Hace ya décadas, los planes de desarrollo económico y social español concentró la mayor parte de sus recursos en el sector industrial, asentado en el medio. Los beneficiarios directos de prácticamente todos los recursos invertidos en el modelo de empleo que caracterizaba estos planes fueron trabajadores (hombres). El campo fue dejándose de lado poco a poco con unas consecuencias económicas y sociales desastrosas para el ámbito rural español y para las personas que lo habitan.

Hoy, en un momento de desarrollo económico incierto, global, altamente voluble, la sostenibilidad ambiental y social del medio rural se presenta como una pieza clave de la situación macroeconómica de nuestro país. Como consecuencia, se está intentando poner en marcha un nuevo modelo productivo rural que esté diversificado, que sea innovador, asentado en el emprendimiento, muy cool y, aquí le hemos dado, que esté protagonizado por mujeres:
“La permanencia y la actividad de las mujeres rurales son esenciales para el desarrollo económico y social del territorio” (MAGRAMA, Premios de excelencia a la innovación para mujeres rurales).



Me encanta esta fiebre del protagonismo femenino.
Mas, no sé, aun pareciéndome útil y conveniente, eso de poner todo el foco de atención en las mujeres, ahora que en España lo rural está semidesierto, envejecido y masculinizado, me irrita por parecerme algo así como aprovechado. Y es que el énfasis institucional en la 'inclusión' y en la centralidad de las mujeres en cualesquiera asuntos del mercado y lo productivo siempre parece que viene como de forma reactiva, es decir, en respuesta ineludible ante un asunto que está a punto de explotar… Pero que se veía ya de lejos. 
Al trabajar en el ámbito de la planificación de políticas públicas, el hecho de que las instituciones funcionen casi siempre como dando traspiés con problemas que parece que se les han venido encima pero que casi todo el mundo veíamos desde lejos, me pone un poco nerviosa. ¿Acaso no se veía venir el envejecimiento de la población rural? ¿Acaso la falta de mujeres jóvenes en los pueblos no es un asunto ya viejo? (Flores de otro mundo, Icíar Bollaín, 1999).

Las problemáticas y dificultades a las que se enfrentan las mujeres rurales son, en parte, las mismas a las que nos enfrentamos todas las mujeres de cualquier lugar: el mantenimiento tradicional e inflexible de los roles de género intrafamiliares; la falta de tiempo propio para el ocio o la actividad social o política; la segregación horizontal en el empleo, con sus consiguientes desigualdades retributivas y sociales; la dificultad de acceso a algunos recursos; las violencias machistas en su versión física, psicológica o simbólica; la falta de reconocimiento, etc.
Pero, además, tal y como muestran los estudios, las mujeres rurales enfrentan otras problemáticas específicas que se recrudecen por la suma de la desigualdad de género estructural y las características propias del medio rural. Estas problemáticas tienen que ver, entre otras cosas, con:

La férrea permanencia de un modelo heteronormativo de roles de género que asfixia a las nuevas generaciones (MAGRAMA, 2011: Diagnóstico de la Igualdad de Género en el Medio Rural), demandantes de mayor apertura y de modelos de identidad que respondan a las propias expectativas y permitan desarrollar subjetividades menos condicionadas, más libres.  

  • La escasez e inaccesibilidad de servicios e infraestructuras de cualquier tipo que hacen ciertamente difícil sobrellevar una vida cómoda, conectada y adecuada a las necesidades cotidianas de muchas personas. Quizá las carencias más paradigmáticas tengan que ver con la red de transportes y de telecomunicaciones y con los servicios de cuidados (escuelas infantiles, comedores escolares, centros de día o residencias de mayores…), aquellos que pueden facilitar la conciliación entre las diversas responsabilidades que asumen las personas, especialmente las mujeres, dada la pervivencia de un modelo inequitativo de reparto de los cuidados. 

En el medio rural la tasa de población infantil no es mucho más baja que la del ámbito urbano (13,6% y 15,8% respectivamente) pero, en cambio, la población mayor de 65 años en el medio rural es del 22,3% frente al 15,3% del medio urbano (Gobierno de España: Programa de Desarrollo Rural Sostenible 2010-2014).

  • La falta de oportunidades laborales en un entorno en el que, a pesar de la creciente diversificación de la actividad económica, las mujeres siguen encontrando grandes dificultades de acceso al empleo.


A lo largo del tiempo, las mujeres rurales han protagonizado diferentes formas de relacionarse con el trabajo, desde su contribución invisible en las explotaciones familiares (en forma de “ayuda familiar”) hasta su incorporación en el empleo (manteniendo generalmente su rol como amas de casa) (MAGRAMA: 2009, Condiciones de vida y posición social de las mujeres en el medio rural).

“La fórmula de “ayuda familiar” que caracteriza las actividades realizadas por muchas mujeres rurales, las hace invisibles como trabajadoras y las despoja del disfrute de sus derechos laborales y sociales. Esta fórmula laboral impide el reconocimiento de su trabajo, que es visto en innumerables casos por sus familias y por ellas mismas como una prolongación de las tareas domésticas" (Merino Rodríguez: 2015).

No obstante, las posibles modalidades que puedan experimentar las mujeres rurales en su relación con el trabajo y el empleo no implican necesariamente una mayor oferta o una colocación viable y compensada: la pervivencia de los roles de género junto con la escasez de un empleo estable y ‘que compense’ dificulta la incorporación de las mujeres al mercado de trabajo. El 50,7% de las mujeres rurales entre los 20 y los 65 años no participa en el mercado laboral, frente al 27,2% de los hombres rurales (MAGRAMA: 2009).

  •  Y, finalmente, la sobrerrepresentación poblacional tanto de personas mayores como de hombres. Como consecuencia de todo lo anterior, en España se viene produciendo en las últimas décadas un elevado flujo migratorio de las mujeres rurales hacia los núcleos urbanos que –por lo menos a priori- ofrecen más oportunidades de empleo y para desarrollar un proyecto de vida propio. La menor proporción de mujeres en el mundo rural en todos los estratos de edad salvo en las edades superiores a los 65 años  junto con la migración de la gente joven hacia las zonas urbanas viene siendo causante de dos efectos principales: el envejecimiento y la masculinización de la población (Gobierno de España: Programa de Desarrollo Rural Sostenible 2010-2014).

   
Uno con otro, todos estos factores se retroalimentan y presentan un diagnóstico de género que muestra unas realidades que vienen gestándose desde lejos.  

Las mujeres son consideradas hoy (la) pieza clave de la sostenibilidad del medio rural porque son las que aseguran el relevo generacional. Ahora que las instituciones de todos los niveles parecen haber topado con este gran descubrimiento se está poniendo todo el acento en fomentar el emprendimiento y el liderazgo de las mujeres rurales (Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad: Plan para la Promoción de las Mujeres del Medio Rural 2015-2018), fijarlas en los pueblos, darles un poquito de importancia.
Quizá los retos que nos plantea la insostenibilidad del medio rural sean una oportunidad para colocar en posiciones de urgencia la necesidad de planificar políticas con enfoque de género (en todas sus etapas y herramientas). Pero, ya veis, queriendo yo también que las mujeres rurales tengan la vida más sencilla y las mismas oportunidades que las urbanas para desarrollar sus proyectos y garantizar su buen vivir, no puedo evitar la amarga sensación de pensar que detrás de este nuevo enfoque hay una voluntad interesada porque, ¿se pondría tanto interés en las mujeres rurales si el relevo generacional pudiera asegurarse 'sin mujeres'?
Ustedes me perdonen, pero este Día Internacional de las Mujeres Rurales me ha pillado un poco escéptica.





HELLO KITTY NO ES PARA CHIC@S

"No hay barrera, cerradura ni cerrojo que puedas imponer a la libertad de mi mente".                         Virginia Woolf, feminista y escritora nacida en 1882.



Los juguetes, los personajes, las historias, las creaciones, los escenarios, los colores,…, son o deberían ser patrimonio de los niños y de las niñas que los utilizan para crear mundos maravillosos de paz y de entendimiento, lugares en los que, unas veces, se convierten en reyes y reinas, y, otras, se transforman en la hermana pequeña o el hermano mayor, en el héroe o en la heroína, o en un cachorro de león o de pantera o en villanos y malvadas. Un mundo en el que pueden volar a lo más alto del firmamento, sumergirse en lo más profundo de los océanos, trepar las más escarpadas montañas, embutirse en un disfraz estrecho que les lleva, sin saberlo, al Medievo o a cabalgar en un caballo o a viajar en cohete… Todo esto debería ser propiedad de los niños y de las niñas que escogen disfrutar de su historia como desean y en la paleta de colores que quieran. La libertad de elegir, crear, experimentar, les hace desarrollarse conforme a su personalidad e imaginación como parte de su aprendizaje y autodeterminación. Hacerlo, además, en igualdad les hace libres para crecer.

En este juego de expresión de libertad, las niñas y los niños se saben diferentes pero se sienten iguales. Les gusta compartir, construir, correr, dibujar, saltar, hablar, cantar, bailar, colorear, soñar,… A veces, lo hacen de la misma forma y, otras, de manera diferente, dependiendo del carácter de las personas que hay dentro de cada pequeño y cada pequeña y de las oportunidades que les brinda el juego que se les presenta. Ni las mujeres ni los hombres compartimos una misma esencia, más allá del género al que pertenecemos. De hecho, solemos tener divergencias. Por ello, los valores, lo son del ser humano y lo que importa es dejar que ellos y ellas los puedan expresar, en este caso, a través del juego. El escenario en el que los niños y las niñas se sienten libres para decidir sobre sus historias interminables es el que les lleva a jugar en igualdad.

lunes, 26 de septiembre de 2016

Bridget Jones III


                       


Nunca tuve claro si me gustaba Bridget Jones. Era una mezcla entre simpatía y ternura por la bondad que destila y por sus imperfecciones, y a la vez rechazo a un personaje femenino que hace el ridículo sin parar y busca desesperadamente el príncipe azul. El mito del amor romántico tan denostado por el feminismo y los estudios que lo sitúan como el germen de todos los males para las mujeres -incluida la violencia de género- estaba siempre presente en sus películas; y para colmo su obsesión por librarse de la soltería, esa "terrible" condición, ese estado civil que la sociedad considera tan espantoso para las mujeres (vease la diferente lectura que se hace del "soltero de oro" Daniel Cleaver (Hugh Grant) y la "solterona" Bridget Jones.

Ahí quedó el recuerdo de Bridget hasta que el pasado 5 de septiembre quiso la casualidad que me encontrara en Londres a las seis de la tarde frente al cine Odeon en Leicester Square y me tropezase literalmente con la alfombra rosa larguísima que se había dispuesto para recibir a las y los protagonistas de la que sería Briget III, Bridget Jones' baby, que estaban a punto de acudir a la Premier.

Primero llegaron los secundarios, luego Patrick Dempsey (Jack, el nuevo novio) y al final Colin Firth (Mark Darcy, su novio eterno) y entre ellos llegó Renée Zellweger (Bridget Jones). He de confesar que aunque conocía la polémica sobre su cambio físico me quedé atónita: estaba muy delgada y sobre todo trasformada, su rostro no era el mismo, había sucumbido -pensé- a la cirugía estética, mejor dicho a la presión social que conduce a la cirugía estética, como ella misma reconoció en una carta abierta dirigida a los medios que estaban haciéndola pedazos. A la presión de una sociedad que perdona mal, o no perdona que las mujeres envejecen (igual que envejecen los hombres, tampoco Colin Firth está en su mejor momento...), especialmente aquéllas que trabajan frente a un público, sean profesionales del mundo artístico, de la política o con relevancia social. ¿Qué pasaría en la tercera película? ¿se mantendrían los topicazos? sí, tenía que verla.

miércoles, 30 de marzo de 2016

¡Qué negocien las mujeres!


Propuesta para la consecución de un Gobierno sin segunda vuelta de elecciones.

El maniqueísmo de la vida política conduce a los líderes de partidos opuestos a exagerar sus diferencia y a compartir problemas a la forma de los héroes de Homero, ya que sobre la sustancia de los problemas normalmente están menos enfrentados por sus convicciones profundas que por el lugar que ocupan conforme a las responsabilidades de la gestión (en este caso en la negociación).

Edgar Faure, 1973


El número de mujeres en el Congreso de los Diputados es insuficiente para formar una mayoría absoluta, tenemos 138 mujeres, cifra lejana a 176, que se necesitan para conseguirlo, pero suficiente para opinar. Aunque muy ajustada para cumplir la declaración de Atenas del “ni más del 60 ni menos del 40 de cada sexo en ningún ámbito incluido el de la política” (en este momento en el Congreso de los Diputados suponen el 39,43% de mujeres).
Además sabemos que cada mujer pertenece a un partido y supuestamente provienen de ideologías diferentes.
Todas las listas de los candidatos a presidente tienen una mujer en los primeros puestos. Soraya Sáez de Santamaría (PP) número 2, Meritxell Batet (PSOE) número 2, Sol Sánchez (UP) número 2, Carolina Bescansa (Podemos) número 3, Marta Rivera (Ciudadanos) número 3, por mencionar a los más votados y a los más obligados a negociar. Porque mujeres hay muchas más, en puestos de salida (secundarios), Pilar
Ardanza (PNV), Esther Capella (ER), Lourdes Ciuró (DL) o bien del grupo mixto como Ana Oramas de Coalición Canaria, Sol Sanchez de UP (ya mencionada) y alguna más.
Sin embargo para sentarse a negociar, para hablar con el Rey, para pelear y sudar la camiseta no entra ninguna de ellas en el escenario.
¿Y por qué no?

martes, 23 de febrero de 2016

Caminos hacia la igualdad de género

En este nuestro siglo XXI es importante seguir las huellas de las aportaciones que se han venido haciendo en el siglo anterior con vistas a lograr la igualdad de género y, en general, el reto de que la mujer logre que su dignidad, igual a la del hombre, sea reconocida  en todas las instituciones y en todos los países.

  En ese sentido, hemos de recordar los avances que, al menos intencionalmente, se produjeron durante la IV  Conferencia Mundial de la Mujer que se celebró años atrás. Con ella se abrió una perspectiva más general  de la realidad y de los problemas de la mujer en su conjunto, base firme para incentivar una reflexión sobre las perspectivas de la condición femenina  en nuestro tiempo.

Por desgracia, somos herederas de una historia de enormes condicionamientos que, en todos los tiempos y en todos los lugares, han dificultado el camino de la mujer, despreciada en su dignidad, olvidada en sus prerrogativas, marginada frecuentemente  e incluso reducida a la esclavitud, lo que le ha impedido ser profundamente ella misma y ha empobrecido a la humanidad entera privándola de  sus auténticas riquezas espirituales.
Pero no es hora de buscar responsabilidades, sino de intentar soluciones efectivas que lleven a la mujer a liberarse de esa discriminación por la que se siente oprimida en no pocos lugres.

Y con esa perspectiva se me ocurre mirar hacia África.
¿Os imagináis ser mujer y vivir en África?
Seguro que alguna me diría: “sólo de pensarlo me da escalofríos”


Por si no lo sabíais, la década 2010-2020 de la mujer africana, supone un gran acontecimiento para las mujeres africanas y un elogio a la Unión Africana por el reconocimiento de la DMA.  Además, el director de la OMS en África, Luis Sambo, afirmó en una conferencia de ministros de Sanidad en Camerún que “las mujeres constituyen un eslabón clave en la cadena del desarrollo”.

Así pues, hoy en día parece reconocerse que el avance de la mujer en África es una condición sine qua non para el desarrollo del continente.  Sin embargo, tanto en las sociedades africanas tradicionales, como en las sociedades urbanas, predominan, como en los otros cuatro continentes, las sociedades en las que la situación social de la mujer es inferior a la del hombre en muchos aspectos de su vida familiar, cultural y política.
Pero lo importante es preguntarse: ¿y cómo se pueden paliar estas deficiencias?